ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA O INJUSTO

ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA O INJUSTO

Se habla de enriquecimiento sin causa o injusto, o enriquecimiento injustificado, para referirse al desplazamiento de bienes, provechos o ventajas que se produce entre un patrimonio que se enriquece y otro que se empobrece, sin que exista una causa que lo justifique.

  • ¿Dónde se recoge el enriquecimiento sin causa?

El Código Civil no recoge expresamente la acción de enriquecimiento sin causa, por lo que ha sido la Jurisprudencia la que ha ido construyendo esta institución. ¿El principal motivo? La restitución del valor del incremento patrimonial en cuestión.

  • ¿Cuál es el objetivo de la acción de enriquecimiento sin causa o injusto?

Uno de los supuestos más evidentes es el que se produce como consecuencia del pago de lo indebido. Por ejemplo, una persona recibe algo que no tenía derecho a cobrar o que por error le ha sido indebidamente entregado.

El objetivo de la acción de enriquecimiento sin causa o injusto es la restitución del valor que resulte de la diferencia quien se enriquece y quien se empobrece, es decir, restaurar el equilibrio alterado por el desplazamiento sin justificación.

Un ejemplo claro de ello es la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 2015;

Pablo arrienda un local a Irene a cambio de una renta que devino, con el transcurso del tiempo, muy inferior a los precios de mercado. En el contrato habían pactado que Irene no podría subarrendar. Esta cláusula del contrato refleja la voluntad de las partes de que cualquier oportunidad de utilizar el local por parte de cualquier tercero que no fuera Irene, “era” de Pablo, no de Irene. Pablo, pues, como propietario tiene derecho a todos los rendimientos que produzca el local salvo los que hubiera cedido – a cambio de la renta – a través del contrato de arrendamiento. Irene encontró a un tercero, llamémosle Javier, que estaba dispuesto a pagarle una renta muy superior a la que Irene pagaba a Pablo a cambio de que Irene le subarrendara el local. Irene subarrienda a Javier y recibe esa renta. Pablo se entera y reclama a Irene. El Tribunal Supremo da la razón a Pablo.

En este supuesto, la demandada actuó al margen del contrato de arrendamiento, pues la cesión que efectuó del local no fue en su condición de arrendataria, sino que simuló la posición de propietaria.

  • ¿Cuáles son los requisitos del Enriquecimiento Injusto?

El Tribunal Supremo ha establecido qué elementos deben darse para que nos encontremos ante una situación de enriquecimiento injusto.

  1. Que la persona demandada haya disfrutado, injustamente, de un aumento de su patrimonio.
  2. Que la persona demandante se haya empobrecido. Además, el empobrecimiento debe ser apreciable.
  3. Que exista una relación de causalidad entre enriquecimiento y empobrecimiento.
  4. Que no exista ninguna vínculo contractual o ninguna causa que justifique el aumento patrimonial del demandante.
  5. Que no exista norma alguna que exceptúe la aplicación de este principio.
  6. No es necesario que el enriquecido haya tenido mala fe, negligencia o un acto ilícito.

El objetivo de la acción de enriquecimiento sin causa o injusto es la restitución del valor que resulte de la diferencia quien se enriquece y quien se empobrece

  • ¿Existe un plazo para ejercitar esta acción?

Sí. Según dispone el artículo 1.964 del Código Civil, el plazo para ejercitar está acción será de cinco años. Anteriormente, este plazo era de quince años.

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