[vc_row][vc_column][vc_column_text]La jubilación parcial es aquella iniciada simultáneamente con un trabajo a tiempo parcial. Esta figura puede ser muy beneficiosa para los trabajadores y la empresa.
- Se debe solicitar cuando ambas partes acuerden una reducción de la jornada y salario del trabajador.
- El trabajador percibirá el salario correspondiente a su jornada parcial, además de la prestación de jubilación parcial.
Por ejemplo; Un trabajador de 62 de años de edad, y con una cotización efectiva de 35 años, pasa de trabajar 8 horas a trabajar 4 horas. Con ello, se reduce su salario a la mitad, por lo que pasará a cobrar el salario correspondiente más la misma proporción de la pensión de su jubilación.
“La pensión de jubilación parcial es compatible con el trabajo a tiempo parcial en la empresa”
Requisitos;
- El trabajo debe realizarse en la misma empresa
- Que estuviera contratado a jornada completa
- Que se cumpla con el requisito de la edad mínima que, a partir de los 60 años, variará en función de los años cotizados.
- El período mínimo de cotización debe ser de 15 años
- La reducción de jornada podrá variar entre un mínimo de 25% y un máximo del 75%, siempre y cuando el contrato de relevo sea a jornada completa y por tiempo indefinido.
¿Qué es el contrato de relevo?
El contrato de relevo es aquel que se lleva a cabo con la persona que va a sustituir la jornada vacante por el trabajador que haya accedido a la jubilación parcial.
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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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