¿PUEDO COBRAR EL PARO SI ME DESPIDEN? ¿Y SI EL DESPIDO ES DISCIPLINARIO?

¿PUEDO COBRAR EL PARO SI ME DESPIDEN?

El paro es un término usado frecuentemente para denominar a la prestación por desempleo. Podría definirse como una ayuda económica que la persona percibe, tras un despido laboral, durante un mínimo de cuatro meses y un máximo de dos años, en función del tiempo trabajado en los años anteriores.

  • ¿Qué requisitos son imprescindibles para tener derecho a esta prestación?

  1. Haber cotizado al menos 360 días (12 meses) de los últimos seis años a la fecha de extinción del último contrato
  2. Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo de la comunidad autónoma de residencia
  3. Comprometerse a realizar una búsqueda activa de empleo
  • ¿Cuánto podré cobrar si estoy en el paro?

El importe que abona la Seguridad Social se calculará en función de la base reguladora de la nómina del trabajador, durante los últimos seis meses trabajados.

Una vez que sepamos cuánto nos corresponde, la ley establece el siguiente sistema para calcular el porcentaje que se cobra de dicha base:

  1. Los seis primeros meses de paro el trabajador cobrará el 70% de su base reguladora
  2. A partir del mes séptimo, cobrará el 50 % de su base reguladora
  • ¿Qué plazo tengo para solicitar esta prestación?

El plazo que tiene el trabajador para solicitar el paro es de 15 días desde que se finaliza la relación laboral.

  • ¿Podré cobrar el paro si el despido es disciplinario?

Sí. La prestación por desempleo puede solicitarse sea cual sea la naturaleza del despido. Únicamente en caso de dimisión por parte del trabajador, el derecho a paro no procede y, consecuentemente, el profesional no podrá percibir ningún tipo de prestación económica.

 

 

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