¿PUEDE SOLICITAR EL PARO UN AUTÓNOMO? ¿CÓMO?

¿Puede solicitar el paro un autónomo? ¿Cómo?

, desde el 6 de noviembre de 2010, fecha en que entró en vigor la “prestación por cese de actividad”, los trabajadores por cuenta propia o autónomos pueden cobrar una prestación por desempleo.

En este artículo vamos a hacer un repaso sobre cómo funciona este tipo de prestación, cuáles son sus requisitos, cómo se debe solicitar y cuánto dura la prestación.

  • Requisitos para que un autónomo pueda cobrar el paro
  1. Estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
  2. Tener cubiertas las contingencias profesionales para este tipo de prestación
  3. Estar al corriente de pago con las cuotas de la Seguridad Social
  4. Contar con un mínimo de cotización por cese de actividad, de al menos 12 meses anteriores al cese.
  5. El motivo del cese de la actividad empresarial deberá estar justificado y comprendido en los siguientes temas: económico, técnico, productivo u organizativo, pérdida de licencia administrativa, causa de fuerza mayor, caso de violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial, y debe ser justificado.
  6. Suscribir el compromiso de actividad aceptando acudir a actividades formativas, de orientación profesional o de promoción del emprendimiento.
  7. No haber alcanzado la edad de jubilación.

¡Ojo! Hay una excepción: En caso de que un trabajador autónomo perdiera la licencia de actividad debido a una infracción penal, no tendrá derecho a prestación por desempleo.

Para recibir la prestación por desempleo el trabajador debe estar al corriente de pago con las cuotas de la Seguridad Social y contar con un mínimo de cotización de al menos 12 meses.

  • ¿Cómo solicitar el paro de autónomos?

Los autónomos que quieran beneficiarse de este tipo de prestación por cese de actividad, deberán presentar una solicitud ante el organismo competente con el que tuvieran cubiertas las contingencias profesionales, que podrán ser:

  1. Las mutuas laborales
  2. El Servicio Público de Empleo
  • ¿Cuánto se puede cobrar de prestación?

El importe de la prestación será del 70% de la base reguladora por la que se haya cotizado durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad.

Por ejemplo, los que hayan cotizado por la base mínima, como es la mayoría de trabajadores por cuenta propia, recibirán aproximadamente 600 Euros al mes.

El trabajador recibirá el 70% de la base reguladora por la que se haya cotizado durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad.

  • ¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar la prestación?

El  trabajador autónomo empezará a cobrar la prestación por desempleo a partir del primer día del mes siguiente al que se produzca el cese de actividad.

La duración máxima de la prestación es de 12 meses y dependerá de la edad del trabajador y los meses cotizados por el mismo.

 

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