LAS 10 CLAVES DE LA REFORMA LABORAL. LA NOVEDAD MÁS DESTACADA ES LA LIMITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL.

LAS 10 CLAVES DE LA REFORMA LABORAL. LA NOVEDAD MÁS DESTACADA ES LA LIMITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL.

Tras nueve meses de negociaciones, el Gobierno ha cerrado un acuerdo con los agentes sociales, especialmente con la patronal, sobre la nueva reforma laboral que fue publicada en el BOE el pasado 31 de diciembre.

Analizamos las 10 claves de esta nueva reforma laboral:

  • Objetivo: frenar los contratos temporales, que únicamente tendrán lugar en circunstancias muy concretas

El contrato temporal únicamente tendrá lugar en casos concretos:

  1. “Para situaciones imprevisibles” o “Por desajuste temporal de empleo”. El contrato no podrá durar más de seis meses, ampliables hasta otros seis meses más siempre que lo autorice el convenio sectorial.
  2. “Para situaciones ocasionales previsibles”. (P.e. campañas de Navidad o temporeros agrícolas)  El contrato no podrá durar más de 90 días al año.
  3. “Vacante de otro trabajador”. El contrato permitirá cubrir la plaza de forma temporal con reserva del puesto de trabajo, que podrá alargarse hasta que el otro trabajador se reincorpore a su puesto de trabajo.
  4. Objetivo: frenar los contratos temporales, que serán convertidos en indefinidos si son fraudulentos

Los temporales fraudulentos serán convertidos en indefinidos. ¿En qué casos? Quien acumule 18 meses de trabajo en un plazo de 24 meses, en el mismo o diferente puesto de trabajo, con la misma empresa, mediante dos o más contratos, será convertido en fijo.

  • Las multas por fraude en contratos temporales serán más severas

Antes,  la sanción se aplicaba por empresa, con independencia del número de trabajadores afectados. Ahora, las infracciones por uso indebido de contratos temporales se aplicarán por  trabajador afectado.

Además, las multas se elevan de 8.000 a 10.000 euros.

  • Penalización de 26 euros por cada contrato inferior a un mes

Las altas temporales inferiores a 30 días tendrán una cotización a la Seguridad Social adicional de 26 euros cada vez que se den de baja.

  • El fijo-discontinuo se establece como la fórmula “idónea” para las actividades de temporada

El contrato fijo discontinuo se establece para trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas/agrícolas de temporada, con períodos de ejecución ciertos.

Antes, la relación laboral que se llevaba a cabo era temporal, ahora es indefinida aunque intermitente en el tiempo.

A efectos de antigüedad, se tendrá en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestado.

  1. Desaparece el contrato (temporal) de obra y servicio
  2. Desaparece el contrato de obra y servicio: Este tipo de contrato ha sido muy utilizado en los sectores de limpieza y construcción.

Estos contratos pasarán a ser fijo-discontinuos. Es decir, que la relación laboral pasará a ser indefinida aunque intermitente en el tiempo.

Según datos del SEPE, en el año 2019, más del 85% de los contratos que firmados en España fueron de obra o servicio. La reforma laboral pretende eliminar el uso abusivo de los contratos de duración determinada que desempeñan el mismo puesto de trabajo una y otra vez.

  • Nueva modalidad de ERTE con duración máxima de 1 año: se llama RED

Las empresas podrán poner en marcha el mecanismo RED. Se trata de un ERTE para casos de crisis cíclica o sectorial por un plazo máximo de un año. La empresa se beneficiará de exoneraciones decrecientes del 60% al 20%.

De aplicarse el RED, los empleados podrán ver reducida su jornada y suspendidos sus contratos de trabajo, pero accederán a una prestación específica para el desarrollo de acciones formativas destinadas a mejorar sus competencias profesionales. El empleado recibirá el 70% de la base reguladora durante todo el período RED y no consumirá paro.

  • Ultra-actividad del convenio colectivo

El periodo de vigencia de un convenio colectivo es de 12 meses y caduca al año. Pero, transcurrido ese plazo… ¿Qué ocurre si todavía no existe un acuerdo sobre el convenio posterior?

Lo que ocurría antes es que si las negociaciones para renovar un convenio caducado se atrasaban más de 12 meses, éste dejaba de aplicarse y permitía a la empresa modificar el convenio.

Ahora, la nueva norma elimina esta limitación temporal y permite la aplicación del convenio caducado hasta que se acuerde su renovación, o se firme uno nuevo que lo sustituya.

Además, los salarios deberán ajustarse a lo que establezca el convenio sectorial.

  • Prevalencia del convenio de empresa frente al convenio sectorial

El convenio de empresa se aplicará con prioridad respecto de los convenios sectoriales exclusivamente sobre las siguientes materias:

  1. La compensación de las horas extraordinarias.
  2. El horario y la planificación anual de las vacaciones.
  3. Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.
  • Compaginar trabajo y formación

Las altas formativas tendrán dos modalidades, formación en alternancia y obtención de la práctica profesional.

  1. Alternancia: está pensada para ser compaginada con los estudios. Ésta quedará limitada hasta los 30 años y a una duración máxima de dos años. La retribución no podrá bajar de 60% el primer año y del 75% el segundo.
  2. Obtención de la práctica profesional: Está pensada para una formación específica relacionada con el puesto de trabajo. Tendrá una duración máxima de entre 6 meses y 1 año. No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido actividad formativa dentro de la empresa.

 

 

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