LA FISCALÍA RECURRE LA SENTENCIA DEL CASO RUBIALES (06/03/2025) Y PIDE LA NULIDAD DEL JUICIO.

La Fiscalía recurre la sentencia del Caso Rubiales (06/03/2025) y pide la nulidad del Juicio.

La Sentencia condenaba a Rubiales al abono de una multa de 10.800€ por agresión sexual, mientras que Fiscalía solicitaba 2 años y 6 meses de cárcel.

Supuesto de hecho. El Juicio y la Sentencia.

  1. Agosto de 2023. España había ganado el Mundial de Fútbol Femenino en Sídney. Luis Rubiales [entonces presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF)] besó en la boca a la jugadora Jennifer Hermoso.
  2. Jennifer Hermoso declaró que no había dado su consentimiento y que se sintió víctima de una agresión.
  3. Rubiales defendió su acción calificándola de «un piquito espontáneo».
  4. Fiscalía solicitaba que Rubiales fuese condenado por un delito de agresión sexual y un delito de coacciones. Pedían 2 años y ½ de cárcel.
  5. La Sentencia: Considera que Rubiales besó a la jugadora sin su consentimiento, condenándole por un delito AGRESIÓN SEXUAL CON UNA MULTA DE 10.800€.

ABSUELVE A RUBIALES DE UN DELITO DE COACCIONES, pues el Juez considera que no existió violencia ni intimidación sobre la víctima.

  • Fiscalía ha recurrido la Sentencia (06/03/2025) por falta de imparcialidad.
  1. Solicitan la celebración de un nuevo juicio con un Juez diferente, por su falta de imparcialidad.
  2. Según el recurso de la Teniente Fiscal, Marta Durántez: “No concurrió en el juzgador la exigible apariencia de imparcialidad, la que debe concurrir en el juez previsto en la Constitución (…) imparcial y respetuoso con los derechos procesales de los intervinientes.”
  • Fiscalía pretende la declaración de nulidad de la Sentencia por indefensión. ¿Por qué? Exponemos los TRES MOTIVOS…

MOTIVO 1. PRUEBAS INADMITIDAS:

El Ministerio Público se queja de que el juez no admitiera el vídeo sobre la Junta Extraordinaria Federativa de 25 de agosto de 2023 en la que Rubiales gritó cinco veces “no voy a dimitir” y cargó contra el “falso feminismo”.

(Entre otras pruebas inadmitidas).                                                                

MOTIVO 2. FISCALÍA RECLAMA CONDENA POR EL DELITO DE COACCIONES:

  • La Sentencia declaró como hecho probado que “La Federación urdió un conjunto de maniobras con la intención de presionar a Hermosopara que salvara la imagen de Rubiales”.
  • Sin embargo el Juez determina que no existe delito de coacciones por no apreciarse violencia ni intimidación.

MOTIVO 3. MULTA IRRISORIA:

  • Fiscalía critica la decisión del Juez de optar por imponer “una pena de multa irrisoria habida cuenta la capacidad económica del acusado”.

Y añade que: “Constituye una ofensa para la víctima y para las víctimas de agresiones sexuales. Sin duda un mal precedente

 

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