Inconstitucional la norma que obligaba a pre-contratar los servicios de vehículos con conductor (VTC) con una antelación mínima de 30 minutos

El Tribunal Constitucional anula y declara inconstitucional la norma impuesta por el Gobierno de las Illes Balears que obligaba a pre-contratar los servicios de vehículos con conductor (VTC) con una antelación mínima de 30 minutos.

  • Veamos qué diferencia hay entre el servicio de Taxi vs. VTC

Los taxis son servicios tradicionales regulados localmente y accesibles directamente desde la calle, cuyas tarifas están reguladas por las autoridades locales.

Los VTC (vehículos con conductor) funcionan a través de aplicaciones móviles y deben ser contratados previamente. Además, sus tarifas son dinámicas y las determina la oferta y la demanda, pues suelen acordarse previamente al contratar el servicio.

  •  Supuesto de hecho
  1. El origen de la polémica radica en un Decreto-ley Balear que imponía la pre-contratación de VTC con una antelación mínima de 30 minutos.
  2. El principal objetivo era equilibrar la competencia entre el sector del taxi y el de VTC, además de mejorar la gestión de la movilidad de viajeros.
  3. El Tribunal Supremo planteó esta cuestión, al considerar que la medida podría vulnerar la libertad de empresa garantizada en el artículo 38 de la Constitución Española.
  4. Ahora, esta medida ha sido declarada inconstitucional, por unanimidad, por el Pleno del Tribunal Constitucional.
  • Según el Tribunal Constitucional, para que una medida que restringe la libertad de empresa sea válida, debe superar un doble escrutinio:
  1. En primer lugar, el objetivo de la medida debe ser constitucionalmente legítimo;
  2. En segundo lugar, la medida debe ser adecuada para alcanzar dicho objetivo.

Si bien se reconoce que los fines perseguidos por el Decreto-ley son legítimos, concluye que la imposición de un lapso de 30 minutos entre la contratación y la prestación efectiva del servicio de VTC no está justificada.

  •  La clave: esta medida no puede considerarse justificada ni adecuada, pues sitúa a los VTC en una posición de desventaja competitiva.

Tras analizar las diferencias existentes en las regulaciones que ordenan los servicios de taxi y los de VTC, concluye que las normas de este segundo sector resultan discriminatorias, sin ofrecer ningún beneficio a los consumidores.

 

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