INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA POR COVID PERSISTENTE

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA POR COVID PERSISTENTE

Tras la pandemia, cada vez son más las personas diagnosticadas con el síndrome post-COVID o COVID persistente (LONG COVID). Podemos definirlo como una enfermedad que se caracteriza por tener un conjunto de síntomas relacionados con el COVID que se mantienen una vez pasada la enfermedad.

Entre los síntomas más frecuentes de COVID Persistente encontramos los siguientes: tos, fatiga crónica, dolor de cabeza, insomnio, depresión, parestesias, trastornos neurológicos, trastornos cardiovasculares…

Por lo tanto, dependiendo de la afectación de la enfermedad, se podrá acceder o no a una incapacidad permanente absoluta. Hoy analizamos los distintos supuestos.

  • ¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?

Cuando hablamos de incapacidad permanente absoluta nos referimos a la situación en la que una persona ha perdido de forma definitiva su capacidad para trabajar por completo. Es decir, no puede trabajar en ningún tipo de actividad laboral remunerada.

Se trata de una situación de invalidez que impide a la persona llevar a cabo cualquier tipo de trabajo, ya sea por afectación en la capacidad física, mental o ambas.

Esta pensión se diferencia de la total en que supone cobrar cada mes un 100% de la base reguladora.

  • ¿Es posible solicitar la incapacidad permanente absoluta por COVID Persistente? ¿Cuáles son los requisitos?

Sí, pero solo si los médicos consideran que la enfermedad impide realizar cualquier tipo de trabajo. Para ello deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Estar afiliado y de alta, o asimilado al alta, en la seguridad social.
  2. Tener un período mínimo de tiempo cotizado, que variará en función de si el solicitante es mayor o menor de 31 años.

Menores de 31 años: Se requiere un mínimo de cotización equivalente a 1/3 del tiempo transcurrido desde que cumplió los 16 años hasta la edad que ocurre el hecho causante de la incapacidad.

Mayores de 31 años: Se requiere un mínimo de cotización equivalente a 1/4 parte del tiempo transcurrido desde que cumplió 20 años hasta la edad que tiene lugar el hecho causante, con un mínimo de 5 años.

  • ¿Y si no estoy dado de alta en la Seguridad Social? ¡Ojo! Existe una excepción

Es posible que el afectado no esté en situación de alta ni asimilada al alta en la Seguridad Social. En este supuesto, podrá iniciar un procedimiento de reconocimiento de incapacidad absoluta o gran invalidez si se pueden demostrar 15 años de cotización, de los cuales 3 años tienen que estar comprendidos dentro de los últimos 10 años.

  • ¿Cómo solicitar una Incapacidad Permanente Absoluta por COVID Persistente?

Presentando ante el INSS un formulario de incapacidad permanente absoluta, al que se deberán acompañar los informes médicos.

Es muy importante que los informes estén actualizados y recojan toda la información necesaria para demostrar las limitaciones físicas y/o mentales.

Realizada la petición, la documentación se examinará por los médicos del INSS, quienes harán una evaluación personal. Posteriormente, el INSS resolverá estimando o desestimando la incapacidad. Si no estás conforme con la resolución tienes un plazo de 30 días para recurrir.

*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.

Abogado laboralista Mallorca

Tanto para empresas como para trabajadores, la intervención de un ​abogado laboralista en Mallorca ​puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso de una relación profesional. Por esta razón, si es empresario o si está a punto de iniciar (o terminar) su rutina de trabajo en una compañía, desde Lafuente Abogados le recomendamos pedir asesoramiento a profesionales de esta rama del Derecho como los que forman parte de nuestro equipo.

Desde nuestro ​despacho de abogados de Mallorca,​ ponemos a su disposición todo el apoyo y los consejos necesarios para establecer y mantener relaciones laborales de éxito. O, al menos, para cerrarlas en los mejores términos. A través de nuestro departamento de Derecho Laboral, asesoramos a los trabajadores antes de la formalización de un contrato, en las revisiones de este, en las reclamaciones frente al empleador, en todos los trámites con la Seguridad Social y en todo lo relacionado con la jurisdicción social. Nuestra experiencia y la satisfacción de nuestros clientes son nuestro mejor aval en esta rama tan conflictiva de la abogacía.

Ante cualquier problema con empleadores o empleados, acuda a nuestro despacho y pregunte por nuestro ​abogado laboralista en Mallorca. ​Resolveremos en los mejores términos cualquier desavenencia o malentendido.

¿Es necesario un abogado laboralista en Mallorca especializado?

Tal y como ocurre con la figura del ​asesor laboral en Mallorca​, el apoyo, la orientación y la defensa por parte de profesionales del Derecho Laboral es tan necesario como obligatorio. Estos especialistas se mantienen al día en todo lo relacionado con la legislación en materia de trabajo y velan por el respeto de los derechos tanto por parte de los trabajadores como de las empresas. Por esta razón, ante cualquier duda en temas de contratación, de permisos o salarios o, incluso, de tramitación de bajas, los primeros y los segundos deberían consultar a abogados laboralistas con experiencia.

Ni siempre es necesario llegar a los tribunales ni todos los conflictos son cometidos a mala fe. Traiga su caso al despacho de Lafuente Abogados y encontrará a los profesionales que mejor le pueden ayudar a orientar sus relaciones de trabajo.