Este supuesto se encuentra contemplado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
- ¿Qué pasa si enfermo durante las vacaciones?
Si durante tus vacaciones sufres una enfermedad o un accidente y obtienes una baja médica por incapacidad temporal, esos días dejan de computarse como vacaciones.
¡Así es! La ley considera que una persona de baja no puede disfrutar realmente de su descanso, por lo que tendrá derecho a recuperarlo más adelante.
Por ejemplo, si empiezas tus vacaciones el 4 de agosto, el día 8 sufres una gastroenteritis y el médico te da la baja hasta el 13 de agosto, esos días de incapacidad temporal no se consideran vacaciones y podrás disfrutarlos en otra fecha.
- ¡Ojo! Hay un requisito que se debe cumplir para recuperarlas.
Es imprescindible contar con una baja médica oficial y comunicarla a la empresa.
Una vez recibas el alta, podrás solicitar el disfrute de los días pendientes. Lo más recomendable es realizar la comunicación y la solicitud por escrito para que quede constancia.
- ¿Puedo elegir cuándo disfrutar esos días? No.
Aunque tienes derecho a recuperar las vacaciones, la fecha deberá fijarse de común acuerdo con la empresa, igual que ocurre con cualquier otro periodo vacacional.
Si no existe acuerdo, la jurisdicción social dispone de un procedimiento específico para resolver este tipo de conflictos.
- ¿Hasta cuándo puedo recuperar las vacaciones?
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores permite disfrutar de esos días incluso después de finalizar el año natural en que se generaron, siempre que no hayan transcurrido 18 meses desde el final de ese año.
Este criterio fue confirmado por el Tribunal Supremo, siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconoce que una enfermedad no puede privar al trabajador de su derecho al descanso efectivo.
- ¿Qué puedo hacer si la empresa no reconoce este derecho?
Si la empresa se niega a permitir el disfrute de las vacaciones pendientes, conviene conservar los partes de baja y alta médica, así como cualquier comunicación mantenida con la empresa. En Lafuente Abogados podemos revisar tu caso y asesorarte para que puedas ejercer este derecho y reclamar las vacaciones que legalmente te corresponden.
*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho. Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.