DEDUCCIÓN FISCAL DEL 50% AL 90% EN EL ALQUILER DE UN PISO: ¿CÓMO FUNCIONA?

DEDUCCIÓN FISCAL DEL 50% AL 90% EN EL ALQUILER DE UN PISO: ¿CÓMO FUNCIONA? 

Desde hace varios años, el Gobierno apuesta por fomentar el arrendamiento de las viviendas, sobre todo de aquellas que están vacías. Para cumplir con este propósito, uno de los beneficios fiscales más demandados es tributar tan solo por el 50%, o incluso el 40% o el 10% de los beneficios que obtengas de ese alquiler, siempre que el inquilino sea una persona física y el alquiler sea de larga duración.

Anteriormente, este beneficio era del 60%, pero a raíz de la nueva Ley de Vivienda, que se aprobó en 2022, el beneficio se reduce, aunque surgen nuevos tramos para los propietarios que abaraten su alquiler a los inquilinos.

  • ¿En qué consiste esta reducción? ¿Cómo funciona? 

El rendimiento neto obtenido por el alquiler del que hablábamos se calcula cuando a los ingresos obtenidos por el alquiler mensual se le restan los gastos que el arrendamiento supone. Sobre esa base imponible y en el momento de presentar la declaración de la renta podrás deducirte un 50 % o incluso hasta el 90% si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Bonificación 50% en caso de que bajen el precio del alquiler en al menos un 5%.
  2. Bonificación 70% al alquilar a jóvenes de entre 18 y 35 años o por nuevo contrato con mejoras o rehabilitación.
  3. Bonificación 90% si se produce en áreas tensionadas (pendientes de identificar).
  • Ejemplo: ¿cómo aplicar la deducción del alquiler?

Pedro ingresa todos los meses 900 euros del alquiler a una persona que utiliza el inmueble como vivienda habitual, pero paga 400 en gastos de comunidad y 300 en IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) al año.

A los ingresos anuales, 10.800 euros, se le tendrán que restar los gastos deducibles, 700 euros. Eso le dará un rendimiento neto de 10.100 euros, al que podría aplicarse la bonificación del 50%.

Si, por ejemplo, su tramo del IRPF es del 19%, entonces Pedro deberá abonar a la administración 959,5 euros frente a los 1.919 euros que pagaría sin la deducción.

Como se puede observar, la reducción se trata de un enorme beneficio fiscal.

  • Requisitos para acogerse a este tipo de reducciones
  1. La vivienda ha de alquilarse como vivienda habitual del inquilino/s.
  2. Los alquileres destinados a oficinas, despachos o sedes de empresa no valdrán para acogerse a la reducción.
  3. La reducción sólo puede aplicarse cuando los rendimientos netos sean positivos y no negativos.
  • ¿Y si es un arrendamiento por temporada o vacacional? ¿Y si es un arrendamiento a estudiantes?

 La Ley es clara, no se podrá aplicar la reducción en alquileres vacacionales o por temporada, pues esta será aplicable únicamente a los arrendamientos que la LAU califica como de vivienda en su artículo 2, como vivienda habitual.

En cambio, si nos encontramos ante un arrendamiento para estudiantes, sí podremos acogernos a este tipo de beneficio siempre y cuando la vivienda se arriende por un período superior a un año. ¡Ojo! la finalidad primordial del piso deberá ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del estudiante.

 

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