LOTERÍA DE NAVIDAD: 10 CONSEJOS A TENER EN CUENTA

[vc_row][vc_column][vc_column_text]LOTERÍA DE NAVIDAD: 10 CONSEJOS A TENER EN CUENTA

El próximo día 22 de diciembre se reparten los premios de la Lotería de Navidad y son muchos los amigos, familiares o compañeros de trabajo que siguen la tradición de compartir un décimo para que la suerte pueda repartirse entre todos por igual.

¿Qué pasa a la hora de dividirse el premio? En principio, debería regir un pacto de buena fe entre los participantes, pero al haber dinero de por medio todo se puede complicar.

A continuación, os dejamos 10 consejos propuestos por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para evitar conflictos o estafas:

  1. Un décimo de lotería es un “documento al portador”, es decir, únicamente quien tenga el boleto físico podrá ir a cobrarlo.
  2. Para justificar que el premio pertenece a varias personas es importante que, el que tenga el décimo, conocido como depositario, entregue una copia firmada a cada participante. Por ejemplo, una fotocopia del boleto en la que se indique que tal persona juega en ese número, serie, fracción y sorteo, así como la cantidad de dinero que aporta.
  3. En principio, no es recomendable compartir Lotería mediante WhatsApp. Si se hace, la persona que custodia el décimo, debe enviar una imagen del número que se juega, donde se vean claramente todos los datos del décimo.

Por otro lado, y aunque pudiera parecer de desconfiado, es aconsejable guardar los mensajes del grupo y enviarlos al correo electrónico para salvaguardar la información ante posibles contratiempos.

  1. Recuerda que si pierdes un décimo lo puede cobrar la persona que lo encuentre. Si esto ocurre inmediatamente debes denunciar la pérdida, antes del día 22 de diciembre, ante la policía y ante LAE (Loterías y Apuestas del Estado) informando en la denuncia el número, la cantidad jugada, serie y fracción.
  2. Se recomienda no cobrar el premio sin identificar a los otros participantes. Es importante identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación.
  3. Si el premio es inferior a 2.500 €, se ofrece la posibilidad de cobrarlo en efectivo en cualquier punto de venta de la red de Loterías del Estado.  Si el premio es mayor de 2.500 € se deberá cobrar en una entidad bancaria, en cheque o ingresándolo en la cuenta corriente.
  4. El tiempo máximo estipulado para cobrar el décimo es de seis meses. Una vez transcurrido este período de tiempo caduca el plazo de cobro.

Algunas cuestiones jurídicas…

  1. ¿Tienes que compartir el premio si estás casado? En caso de que el régimen del matrimonio sea en gananciales, se repartirá el 50% delpremio para cada uno. En caso de que el régimen sea de separación de bienes, el premio será de quien lo ha comprado (salvo que se acredite que se ha comprado a medias).e
  2. El mínimo exento de la lotería en el IRPF ha ido variando a lo largo de los años. En 2018 subió hasta los 10.000 euros y, desde este año, 2019, la cifra ha aumentado hasta los 20.000 euros ¿Que quiere decir esto? No habrá que pagar impuestos por las ganancias de la lotería si no superan los 20.000 euros y, sobre la cantidad restante, habrá que abonar un 20% del importe en impuestos a la Agencia Tributaria.

Por ejemplo, si ganas un premio de 400.000 €, tributarás por la parte que supere los 20.000 euros, eso es, por 380.000 €.

  1. Si una sola persona cobra el premio en su totalidad y lo reparte posteriormente, puede parecer que se está donando el dinero, lo que obligaría al pago del impuesto de donaciones.

 

 

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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]