Diferencias entre el régimen común y régimen foral (País Vasco y Navarra)

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El hecho de que País Vasco y Navarra mantengan un modelo de financiación particular, se ha justificado por razones históricas. Nuestra Constitución contempla, en su disposición adicional primera, el respeto y amparo a “los derechos históricos de los territorios forales”.

Por ello, distinguimos entre el modelo de financiación foral, vigente en el País Vasco y Navarra, y el común, que se aplica al resto de Comunidades, aunque con algunas peculiaridades en el caso de las Islas Canarias.

Este procedimiento se conoce como concierto económico. Se trata de un instrumento jurídico que regula las relaciones tributarias y financieras entre la Administración General del Estado y las Comunidades sujetas al régimen foral.

  • ¿Cuáles son las principales diferencias?

En el País Vasco y Navarra, las diputaciones forales son las que llevan a cabo la recaudación íntegra de los impuestos. A su vez, aportan una contribución al Estado, con la finalidad de sufragar competencias de la Administración Central, y poder cubrir los gastos de Instituciones que tienen en común como, por ejemplo, la Corona o el Congreso de los Diputados.

En el resto de Comunidades, que siguen el sistema de régimen común, la Administración Central es la que lleva a cabo gran parte de la recaudación y, después, transfiere una parte de la misma a las distintas Comunidades Autónomas. Es cierto que sigue habiendo impuestos recaudados directamente por estas Comunidades, pero su valor es cada vez menor.

Además del ámbito recaudatorio, otra diferencia significativa entre el régimen foral y el régimen común es la autonomía para decidir. Las Comunidades forales, tienen plena competencia para fijar su propio modelo fiscal, exceptuando el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En cambio, la capacidad legislativa en materia fiscal del resto de Comunidades, se encuentran con más limitaciones.

  • ¿Supone el concierto económico un privilegio?

El hecho de estar sujeto al régimen foral no necesariamente debería suponer un privilegio, pero en la práctica sí lo es, pues su funcionamiento permite que la financiación por habitante de País Vasco y Navarra duplique al resto de Comunidades. Se estima que de no ser así, el País Vasco contaría con 4.500 millones menos, que estarían en manos del presupuesto común.

  • ¿Sería viable imponer el régimen foral a otras Comunidades?

 El sistema que rige el concierto económico beneficiaría a Comunidades “ricas” como Madrid, Cataluña o Baleares, no obstante, implicaría una pérdida de recursos el resto de Comunidades y para la caja común que sería muy difícil de asumir.

 

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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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