Es muy importante, antes de aceptar una herencia, estar asesorado por un profesional. En Lafuente Abogados nos comprometemos a estudiar su caso y prestar un asesoramiento detallado y de calidad. A continuación, precisamos algunos aspectos importantes a tener en cuenta.
En España, el coste de aceptación de la herencia varia en función de cada supuesto. Algunos de los factores a tener en cuenta serán, la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, si ha habido testamento previo, el grado de parentesco… Para ello, contamos con un plazo de 6 meses, desde la declaración de fallecimiento, para realizar el pago del Impuesto de Sucesiones.
- ¿Qué supone la aceptación de la herencia?
El primer paso para recibir los bienes o derechos que la persona fallecida haya dejado en herencia, es aceptar la misma. Para ello, atendemos a dos formas;
- Aceptación Expresa: es la que se hace en documento público o privado. El heredero manifiesta, normalmente en escritura publica, que acepta la herencia del causante.
- Aceptación Tácita: se entiende originada cuando el heredero realiza actos que por sí mismos indican la intención de querer ser heredero. Por ejemplo, el cobro de créditos hereditarios.
- ¿La aceptación de la herencia implica asumir las deudas y cargas del causante?
Al recibir una herencia conviene no precipitarse a aceptarla, sin conocer el estado económico de la misma. Ante ello, podemos distinguir dos supuestos;
- Aceptación simple: sea expresa o tácita, supone que el heredero acepta no solamente los bienes y derechos del difunto, si no también las deudas y obligaciones del mismo.
- Aceptación a beneficio de inventario: Se trata de separar el patrimonio personal del patrimonio hereditario. De esta forma, sólo responderemos de las deudas hereditarias hasta donde alcance el valor de los bienes de la herencia.
- ¿Se puede rechazar la herencia?
Sí, se puede renunciar a recibir una herencia, cualquiera puede declarar su voluntad de no querer ser heredero. Se trata de un acto irrevocable, que no puede ser parcial y deberá llevarse a cabo ante notario o mediante procedimiento judicial.
*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.
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