¿Se puede renunciar a recibir una herencia?

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Las causas principales de una renuncia se deben a que el valor de las deudas del fallecido es superior al valor del capital hereditario, o bien a que los herederos no pueden pagar los impuestos de sucesiones.

Sí, se puede renunciar a recibir una herencia. Para ello, el beneficiario tiene que declarar su voluntad de no querer ser heredero y, por tanto, manifestar que no asume los bienes hereditarios que le corresponderían. Al renunciar a una herencia, el heredero pierde todos sus derechos sobre ella, a la vez que queda desvinculado de las cargas o gravámenes que tuviera la misma.

Es imprescindible estar asesorado por un profesional. La renuncia se deberá llevar a cabo ante notario, o mediante procedimiento judicial, pues no es posible renunciar a una herencia de forma tácita, ni a través de un documento privado. Además, si existe más de un heredero, la parte de la herencia correspondiente a quien la hubiese repudiado, se repartirá de manera proporcional entre los demás herederos, ello se denomina “derecho de acrecer”.

  • Características principales de la renuncia a una herencia
  1. La repudiación de una herencia es un acto libre.
  2. La renuncia es irrevocable. La decisión de renunciar a una herencia tiene carácter definitivo, con la excepción de si se han producido errores, como vicios en el consentimiento, o si aparece un testamento desconocido.
  3. Es un acto que no puede ser parcial. Es decir, no se puede aceptar o rechazar solo una parte de la herencia y negarse a recibir otra.
  4. La renuncia no se podrá llevar a cabo si ha ocurrido algún acto o hecho que signifique la aceptación tácita de la herencia. 
  • ¿Se puede evitar la renuncia protegiendo los bienes personales?

Sí, como ya comentamos en el artículo sobre la aceptación de la herencia, la aceptación de la herencia a beneficio de inventario, es una figura jurídica que permite al heredero responder de las deudas del fallecido únicamente con los bienes hereditarios, y con el límite de la cantidad que reciba de la herencia.

*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.

Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.
[/vc_column_text]

Error: Formulario de contacto no encontrado.

[/vc_column][/vc_row]