¿CÓMO EVITAR PAGAR MÁS IMPUESTOS AL COMPRAR UNA CASA?

¿CÓMO EVITAR PAGAR MÁS IMPUESTOS AL COMPRAR UNA CASA?

¿Has comprado una vivienda de segunda mano? La transmisión de inmuebles de segunda mano entre particulares está gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Este importe de este Impuesto lo determina cada Comunidad Autónoma, que gestiona también su recaudación. En las Islas Baleares este impuesto oscila entre el 8% y el 11% en función del precio que se ha estipulado en la compraventa.

Por ejemplo, por la compra de una casa de 400.000 €, el tipo aplicable que corresponde es del 9%, lo que implicará tener que abonar 32.000 € en concepto de ITP.

  • ¡Cuidado con las gangas y los pisos chollo! La Administración Tributaria puede determinar que ese no es el valor real de la vivienda

Si la operación de compraventa se realiza a un precio muy reducido, es probable que Hacienda exija pagar más por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

¿Por qué? Porque la Administración Tributaria competente tiene el derecho de comprobar el valor real de los bienes transmitidos. ¿El objetivo? Evitar el fraude de escriturar una vivienda por un valor inferior al real en el mercado.

Algunas personas escrituran un valor de compraventa bajo para pagar el resto del dinero en “B”, ahorrándose de esta forma el porcentaje que le corresponde a la Hacienda Pública.

  • Pero, ¿cómo saber si una vivienda es más barata en comparación con el precio que marca Hacienda?

A través de la tabla de precios mínimos con el que cada Comunidad Autónoma calcula el ITP que hay que pagar. Si se vende por debajo de ese precio, tendremos que pagar un impuesto extra, más intereses por el retraso en el pago.

El problema surge cuando el valor de mercado fijado por la Administración Tributaria es superior al valor de compraventa que ha declarado el contribuyente.

  • La liquidación complementaria por comprobación de valores

A esta reclamación del “impuesto extra” se le llama liquidación complementaria por comprobación de valores. Además dicha liquidación complementaria vendrá acompañada de los correspondientes intereses de demora.

El contribuyente no debe olvidar que Hacienda tiene el derecho de comprobar el valor real de los bienes transmitidos.

¿El objetivo? Evitar el fraude de escriturar una vivienda por un valor inferior al real en el mercado.

  • Una novedad jurisprudencial: La Administración no puede aplicar “criterios generalizados” ni “fórmulas estereotipadas” para exigir la complementaria

Cuando la liquidación complementaria no es individual, no está motivada y no ha sido fruto de un examen del caso concreto, la Administración deberá probar que ha realizado, al menos, un intento de visitar el inmueble.

Recientemente se ha declarado la obligatoriedad de la visita de un perito experto para comprobar que el valor declarado sea el real, lo que supone que este recargo administrativo podría recurrirse para su revisión.

Dicho esto… Si te han exigido un pago extra tras la comprobación de valores, ahora puedes reclamar. Contacta con nosotros llamando al 971 72 39 82 o manda un mail a abogados@lafuenteabogados.com ¡En Lafuente Abogados podemos ayudarte!

 

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