¿SE PUEDE RENUNCIAR A LA HERENCIA?

¿SE PUEDE RENUNCIAR A LA HERENCIA?

Cada vez son más las situaciones en las que un heredero decide renunciar a la herencia. Bien sea por una mala relación familiar o por la imposibilidad de hacer frente a las deudas del causante, liquidar el impuesto de sucesiones, el pago de la plusvalía…

El artículo 1005 del Código Civil establece que será el notario quien comunicará al beneficiario de la herencia que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. Además, es importante señalar que si el heredero no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia.

  • Entonces, ¿se puede renunciar a una herencia?

Seguro que si piensas en la palabra “herencia” te viene a la cabeza el hecho de que se recibirá una suma de dinero o bienes de la persona fallecida pero, ¿sabías que las deudas también se heredan?

Con la aceptación de herencia, no solo se reciben los bienes del fallecido, sino que las deudas pasan también a los herederos. Si se quiere acceder a los bienes, es inevitable tener que hacer frente a los pagos.

El principal motivo de renunciar una herencia es la obligación de tener que hacer frente a las deudas que, sumadas a los impuestos correspondientes que se derivan de aceptar la herencia, pueden suponer una pérdida económica para el heredero.

  • ¿Cómo se debe renunciar a la herencia?

En primer lugar, es fundamental acudir a un abogado. Renunciar a la herencia es un acto irrevocable, por lo que conviene estar bien asesorado. Además de ello, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. No podrás renunciar a una herencia después de haberla aceptado
  2. La renuncia a la herencia debe ser expresa
  3. Deberá hacerse en escritura pública ante Notario
  4. La renuncia deberá se total, es decir, no puedes renunciar a una parte y a otra no, se hereda todo o nad.
  5. Quien renuncie a la herencia lo hará también para sus propios herederos, es decir, si un hijo renuncia a la herencia, los nietos no trendrán derecho sobre la herencia de su abuelo, salvo que hubieran sido designados como sustitutos en el testamento.

Con la aceptación de herencia, no solo se reciben los bienes del fallecido, sino que las deudas pasan también a los herederos.

  • Si renuncio, ¿A quién pasa?

Una vez el heredero decide renunciar a la herencia se pueden dar dos circunstancias, a saber:

  1. Que el testador al hacer su testamento hubiese nombrado a un sustituto en caso de renuncia del heredero o fallecimiento de éste antes
  2. Si en el testamento no se nombra a ningún sustituto o no existe testamento, la herencia se reparte por orden de sucesión hereditaria: Descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos y sobrinos, colaterales hasta el cuarto grado o, finalmente, el Estado

 

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