Principales derechos y deberes para madres y padres
Son muchas las cuestiones a las que debemos hacer frente como padres. En este artículo pasaremos a comentar varias preguntas que pueden llevar a confusión.
¿Somos conscientes de los derechos y obligaciones que tenemos con nuestros hijos?
- Patria potestad y Guardia y custodia
Uno de los asuntos que generan más controversia a la hora de convertirse en una pareja separada o divorciada radica en la diferencia que hay entre “Patria Potestad” y “Guarda y Custodia” y a quien va a corresponder cada acción.
- La “Patria Potestad” la tienen ambos progenitores con sus hijos, independientemente de su situación de pareja.
- La “Guarda y Custodia” es la actuación de quién va a tener la responsabilidad del cuidado de los menores en la convivencia. Podrá ser compartida (el menor se reparte el tiempo de convivencia entre ambos) o individual (el menor convive únicamente con uno de los progenitores).
- Responsabilidades de los padres
Las responsabilidades del padre y de la madre serán iguales a efectos de la ley. Ambos están obligados a velar por sus hijos, proveerles de alimento, sustento, vestido, asistencia médica y educación.
En cuanto a las acciones que los menores llevan a cabo es distinto. Los progenitores únicamente deberán hacerse responsables de los daños económicos que surjan durante la minoría de edad de los mismos.
Por ejemplo, si un adolescente de 15 años roba un teléfono móvil, el Tribunal establecerá las correcciones pertinentes de cara al menor, pero los padres serán los responsables civiles de los daños que hubiera causado.
«Renunciar voluntariamente a la paternidad o maternidad a cambio de no tener que pagar ninguna manutención sería nulo de pleno derecho”
- ¿Se puede renunciar legalmente a la paternidad?
No. La paternidad es irrenunciable. La maternidad viene dada por el parto y en el caso de que el padre quisiera desentenderse se podría probar judicialmente su condición de progenitor y adquiriría todas responsabilidades que por ende le correspondieran. En un procedimiento judicial se podrá privar de la Guardia y Custodia del menor e incluso de la Patria Potestad, pero no de la condición de progenitor.
- ¿Qué pasa cuando los progenitores o los menores mueren?
Los padre se convierten en herederos del hijo menor de edad o mayor de edad sin descendencia cuando éste fallece. En caso de que sólo uno de los progenitores falleciera el otro tendrá derecho sucesorio preferente sobre la custodia. Si fallecen ambos, a falta de testamento será el juez quien decida sobre ello.
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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.