¿LOS ABUELOS PUEDEN SOLICITAR LA FIJACIÓN DE UN RÉGIMEN DE VISITAS?

¿LOS ABUELOS PUEDEN SOLICITAR LA FIJACIÓN DE UN RÉGIMEN DE VISITAS?

Tras una separación o divorcio de un matrimonio (o pareja) con hijos en común, surge el gran debate del régimen de visitas.

  • ¿Cómo se fija el régimen de visitas? Posibles escenarios.

El régimen de visitas es un derecho y obligación que recae sobre el progenitor que no tenga consigo a los hijos a raíz de una sentencia judicial o de un convenio regulador.

Según la forma en que se establece el régimen de visitas, nos encontramos ante dos situaciones:

  1. Mutuo acuerdo. Los padres establecen el régimen en función de sus posibilidades para el beneficio de sus hijos. Se incluye en el convenio regulador.
  2. Decisión judicial. En caso de falta de acuerdo de los padres, será el juez quien decida.

El régimen podrá consistir en (1) Visitas; (2) Estancia; y (3) Encuentros en un “Punto de Encuentro Familiar”.

  • ¿Los abuelos pueden optar al régimen de visitas?

  1. A parte de los progenitores, ¿pueden optar otros familiares al régimen de visitas? Sí. Además del progenitor no custodio, los abuelos también tienen derecho a pedir un régimen de visitas. De hecho, en los últimos años, se ha ido otorgando mayor importancia al papel de los abuelos y a otros parientes.
  2. ¿Se suele conceder el régimen de visitas a otros familiares que no sean los padres? Sí, pero no siempre.
  • Caso real: un Juez impide las visitas de la abuela con respecto de su nieto al considerar que es lo más beneficioso para la estabilidad emocional del menor.

Así es. El régimen de visitas a los abuelos o resto de familiares no se atribuye de forma inmediata solo por solicitarlo.

En este caso en concreto, el menor no conocía a su abuela, puesto que su relación ya era nula respecto del progenitor por esa parte.  Por tanto, la justicia ha considerado que, ante estas circunstancias, el establecimiento de un régimen forzoso de visitas para con su abuela no aportaría al menor beneficio alguno sino lo contrario, iría en su contra, pudiendo suponer un perjuicio para el desarrollo psicosocial y emocional del menor.

 

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