Principales diferencias entre separación y divorcio

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Código Civil, establece las principales diferencias entre separación y divorcio.

La separación supone el cese de la vida en común de los cónyuges, no pudiendo los mismos contraer matrimonio de nuevo, pues el vínculo matrimonial sigue vigente. Sin embargo, producirá consecuencias patrimoniales y personales.

Para que la separación tenga efectos legales, se requiere su declaración mediante sentencia judicial. De lo contrario, estaríamos frente a una “separación de hecho“, que no produce efectos frente a terceros.

El divorcio disuelve el vínculo matrimonial y patrimonial, y por ello los cónyuges podrán volver a contraer matrimonio. El divorcio produce efectos frente a terceros desde que se obtiene la sentencia judicial.

Esta disolución del vínculo conlleva la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges, así como de aquellas obligaciones que se deriven del matrimonio.

El divorcio podrá solicitarse bien de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.

Tanto en la separación como en el divorcio, una vez dictada sentencia, se deberán recoger las medidas que se hayan acordado respecto a la custodia compartida de los hijos, régimen de visitas, pensión compensatoria, pensión alimenticia, uso de la vivienda etc., siempre en función de lo que establezca el convenio regulador.

  • ¿Qué pasa si estoy casado en régimen de separación de bienes?

El régimen económico matrimonial de separación de bienes es el sistema que se aplica en las relaciones matrimoniales de las Illes Balears. Ello supone que cada cónyuge podrá conservar su patrimonio (el que tenía antes de casarse y el que ha adquirido estándolo) y gestionarlo a su propio criterio, exceptuando aquellos bienes que se hubieran adquirido por ambas partes.

  • ¿Qué tiempo tengo para contestar a la demanda de divorcio?

Adquirimos 20 días hábiles, desde el día en que se recibe la demanda de divorcio, para llevar a cabo la contestación. Es importante ponerse en manos de profesionales cuanto antes.

 

*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.

Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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