LAS SEIS CLAVES DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

LAS SEIS CLAVES DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Una de las novedades más destacadas de esta nueva Ley -que entrará en vigor en 6 meses- es que regula a los animales como “seres vivos” dentro de nuestro mismo entorno. Los animales ya no son considerados como “bienes muebles” o “cosas”. Además esta Ley pretende:

  1. Fomentar la protección animal.
  2. Prevenir el alto grado de abandono de animales.
  • Prohibido comercializar animales en tiendas. Prohibido mantener a los perros encerrados en balcones.

La Ley prohíbe expresamente la “comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales”. 

También se prohíben prácticas vejatorias como “mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas patios y similares” o “dejar sin supervisión a gatos durante más de tres días consecutivos y a perros durante más de 24 horas.”,

  • Se propone un curso de formación y deber de mantener un seguro de responsabilidad civil quienes quieran tener un perro.

El artículo 30 de esta nueva Ley propone la realización un curso de formación para todas aquellas personas que quieran tener un perro, que finaliza con un test que tendrá por objeto valorar su aptitud para desenvolverse en un ámbito social.

Asimismo, será necesario que la persona titular contrate y mantenga en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

  • La cría únicamente se permite a personas autorizadas.

Las únicas personas que podrán ejercer la actividad de cría y venta de animales serán aquellas que estén debidamente inscritas ante la Administración y que deberán ser profesionales.

Entre otros límites a la cría:

  1. Limitación del número de camadas que puede tener cada hembra.
  2. Multas de entre 50.000 y 200.000€ por criar irregularmente animales con fines comerciales.
  • Penas por abandonar, matar, maltratar o realizar actos sexuales con animales vertebrados.

Delitos y conductas penadas por el Código Penal:

  1. Lesiones causadas al animal doméstico, incluyendo los actos de carácter sexual. que requieran tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud. Multa de tres a seis meses.
  2. Si las lesiones producidas no requiriesen tratamiento veterinario o se hubiere maltratado gravemente al animal sin causarle lesiones: multa de uno a dos meses.
  3. El que abandone a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses.
  4. Cuando se cause la muerte de un animal doméstico se impondrá la pena de prisión de doce a veinticuatro meses.
  • Se prohíbe el uso de animales salvajes en circos. Prohibidas las peleas de gallos, perros etc…

La ley prohíbe el uso de animales salvajes en circos o atracciones de feria, y da un plazo de seis meses —cuando entre en vigor— para modificar su actividad.

Se prohíbe la utilización de los animales en peleas o su adiestramiento en el desarrollo de esta violenta práctica.

  • ¡Ojo! Animales excluidos del ámbito de esta Ley

Algunos animales quedarían excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley:

  1. a) Los animales utilizados en los espectáculos taurinos.
  2. b) Los animales de producción, o para consumo, en todo su ciclo vital.
  3. c) Los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos.

*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.

Abogado civil Mallorca

¿Cree que un ​abogado civil en Mallorca es el profesional adecuado para solucionar alguno de sus problemas legales? Si la respuesta es afirmativa, en Lafuente Abogados encontrará a todo un equipo de juristas especializados en esta rama del Derecho tan amplia. Y es que, aunque sea solo en un momento puntual de la vida adulta, quien más quien menos se ha visto implicado en alguno de los conflictos regulados en el Código Civil.

Pero, si tiene dudas, también somos la solución. En nuestro despacho, podemos ayudarle a resolver desde sus desacuerdos y enfrentamientos como particular hasta los desencuentros comerciales que requieren la intervención de un ​abogado mercantil en Mallorca​. Desde hace más de medio siglo, Lafuente Abogados se ha constituido como uno de los despachos especializados más exitosos de toda Baleares. De manera judicial o extrajudicial, hemos conseguido resultados favorables para cerca del 95% de los casos representados.

Ahora es su turno. Si necesita un ​abogado civil en Mallorca que defienda o reclame sus derechos particulares, acuda a nuestro despacho y solicite asesoramiento. Encontraremos la mejor solución a sus problemas jurídicos.

Qué puede hacer por usted nuestro abogado civil en Mallorca.

Un ​abogado laboralista en Mallorca​, aunque se puede encontrar ante infinidad de situaciones diferentes, tiene como máximo objetivo defender los derechos de los trabajadores o de sus empleadores (dependiendo del caso). Sin embargo, en materia civil, el ámbito de actuación es algo más extenso y difuso, puesto que abarca desde contratos entre particulares hasta temas legales relacionados con herencias y donaciones.

Por esta razón, desde Lafuente Abogados le recomendamos consultar con nuestro despacho todas sus dudas legales y dejar en nuestras manos cualquier problema jurídico. Nosotros nos encargaremos de derivar su caso al departamento especializado más adecuado – sea o no el de Civil – y de ponerle en contacto directo con los profesionales a cargo. Le esperamos.