¿PUEDE UN DRON MULTAR POR EXCESO DE VELOCIDAD?

¿PUEDE UN DRON MULTAR POR EXCESO DE VELOCIDAD?

¿Sabías que hay drones sobrevolando la ciudad que pueden acarrearte una multa de tráfico? Sí, desde el pasado 1 de agosto, la Dirección General de Tráfico (DGT) utiliza 11 aparatos electrónicos de este tipo que se controlan de forma remota y que cuentan con cámaras de alta precisión con un alcance de 120 m de altura y un radio de acción de 500 metros.

La gran pregunta es, ¿pueden multarnos por exceso de velocidad utilizando este tipo de tecnología? No.

  • ¿El motivo?

Las cámaras de grabación integradas en el aparto no están homologadas con el certificado que requiere el Centro Español de Metrología para captar imágenes en movimiento: necesitan un cinemómetro, un dispositivo diseñado para medir en tiempo real la velocidad del automóvil.

Por tanto, será tarea exclusiva, de momento, para los radares fijos y móviles y aquellos helicópteros homologados para ello. Pero ¡¡ojo!!, sí que podrán imponer otro tipo de multas con la finalidad de reducir los accidentes en la carretera.

 ¿Pueden multarnos por exceso de velocidad utilizando este tipo de tecnología? La respuesta es clara: NO.

  • ¿Qué actos pueden ser captados por el dron y susceptibles de multa?

Todos aquellos despistes que el conductor sufre al volante exceptuando el exceso de velocidad. Es decir, saltarse un stop, maniobras temerarias, mirar el móvil, comer al volante, sacar el brazo por la ventana…

  1. Por ejemplo, tirar una colilla a través de la ventana del auto supondrá una multa económica de 200 € y cuatro puntos del carné o conducir sin camiseta se penaliza con una multa económica de 200 € y tres puntos del carné.

La DGT planea despegar los drones en aquellos tramos donde el riesgo de accidentabilidad es mayor.

La DGT utiliza 11 aparatos eléctronicos de este tipo que se controlan de forma remota y que cuentan con cámaras de alta precisión con un alcance de 120 m de altura y un radio de acción de 500 metros.

  • ¿Qué pasa con el uso del material obtenido por los drones?

Se cuestiona aquí la posible invasión de la privacidad e intimidad de las personas. A las imágenes obtenidas mediante esta tecnología se le deberá aplicar la normativa de protección de datos personales (LOPD), es decir, las Fuerzas de Seguridad del Estado y los órganos competentes para la vigilancia deberán tratar las imágenes exclusivamente con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales y para garantizar la seguridad pública.

Tirar una colilla a través de la ventana del auto supondrá una multa económica de 200 € y cuatro puntos del carné.

 

 

 

 

 

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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.