DECLARACIÓN DE LA RENTA 2026: NOVEDADES Y PLAZOS CLAVE QUE DEBES CONOCER.

La Agencia Tributaria ya ha fijado el calendario de la campaña de la Renta correspondiente a los ingresos de 2025, que se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026. Conocer los plazos, las novedades fiscales y quién está obligado a declarar es fundamental para evitar errores o sanciones.

La presentación de la declaración comenzará el 8 de abril de 2026 a través de Renta WEB, el sistema online de la Agencia Tributaria que permite presentarlo con certificado digital, Cl@ve o número de referencia. También será posible realizar la declaración por o de forma presencial, con cita previa. En caso de que la declaración resulte a ingresar con domiciliación bancaria, el plazo finalizará el 25 de junio.

  • Exención para rentas más bajas y cambios para el paro

Se consolida la exención para quienes perciben el salario mínimo interprofesional. Las personas con ingresos inferiores a 16.576 euros anuales no estarán obligadas a presentar la declaración.

También se mantiene una deducción de hasta 340 euros para salarios ligeramente superiores, que desaparece progresivamente alrededor de los 18.276 euros anuales.

En cuanto a las prestaciones por desempleo, los beneficiarios del paro ya no tendrán obligación automática de declarar y solo deberán hacerlo si superan los límites generales establecidos.

  • Se mantienen varias medidas fiscales relevantes en la campaña de la Renta:
  1. Deducciones por eficiencia energética, como obras de mejora en viviendas, instalación de puntos de recarga o adquisición de vehículos eléctricos.
  2. Exención de tributación para las ayudas públicas recibidas por afectados por catástrofes naturales, como incendios o episodios de DANA.
  3. Obligación de declarar para los trabajadores autónomos, independientemente de sus ingresos, así como para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
  4. Mayor control de Hacienda sobre los ingresos profesionales recibidos a través de pagos digitales.
  5. No obstante, los envíos entre particulares destinados a compartir pequeños gastos quedarán fuera de esta supervisión.
  • Cambios en el impuesto sobre el ahorro

Entre las novedades fiscales destaca la creación de un nuevo tramo para las rentas del ahorro más elevadas.

Las ganancias patrimoniales y dividendos que superen los 300.000 euros anuales tributarán al 30%, dos puntos más que el tipo máximo anterior. Los tramos inferiores se mantienen sin cambios, comenzando con un 19% para los primeros 6.000 euros.

  • La importancia de contar con asesoramiento jurídico

Ante la complejidad del sistema tributario y las frecuentes modificaciones normativas, contar con asesoramiento especializado resulta fundamental para realizar la declaración correctamente y aprovechar todas las deducciones y beneficios fiscales disponibles.

En Lafuente Abogados ofrecemos asesoramiento y gestión integral de la declaración de la renta, ayudando a particulares y profesionales a cumplir con sus obligaciones fiscales con seguridad y optimizando su situación tributaria.

 

*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.

 

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