La Agencia Tributaria ya ha fijado el calendario de la campaña de la Renta correspondiente a los ingresos de 2025, que se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026. Conocer los plazos, las novedades fiscales y quién está obligado a declarar es fundamental para evitar errores o sanciones.
La presentación de la declaración comenzará el 8 de abril de 2026 a través de Renta WEB, el sistema online de la Agencia Tributaria que permite presentarlo con certificado digital, Cl@ve o número de referencia. También será posible realizar la declaración por o de forma presencial, con cita previa. En caso de que la declaración resulte a ingresar con domiciliación bancaria, el plazo finalizará el 25 de junio.
- Exención para rentas más bajas y cambios para el paro
Se consolida la exención para quienes perciben el salario mínimo interprofesional. Las personas con ingresos inferiores a 16.576 euros anuales no estarán obligadas a presentar la declaración.
También se mantiene una deducción de hasta 340 euros para salarios ligeramente superiores, que desaparece progresivamente alrededor de los 18.276 euros anuales.
En cuanto a las prestaciones por desempleo, los beneficiarios del paro ya no tendrán obligación automática de declarar y solo deberán hacerlo si superan los límites generales establecidos.
- Se mantienen varias medidas fiscales relevantes en la campaña de la Renta:
- Deducciones por eficiencia energética, como obras de mejora en viviendas, instalación de puntos de recarga o adquisición de vehículos eléctricos.
- Exención de tributación para las ayudas públicas recibidas por afectados por catástrofes naturales, como incendios o episodios de DANA.
- Obligación de declarar para los trabajadores autónomos, independientemente de sus ingresos, así como para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Mayor control de Hacienda sobre los ingresos profesionales recibidos a través de pagos digitales.
- No obstante, los envíos entre particulares destinados a compartir pequeños gastos quedarán fuera de esta supervisión.
- Cambios en el impuesto sobre el ahorro
Entre las novedades fiscales destaca la creación de un nuevo tramo para las rentas del ahorro más elevadas.
Las ganancias patrimoniales y dividendos que superen los 300.000 euros anuales tributarán al 30%, dos puntos más que el tipo máximo anterior. Los tramos inferiores se mantienen sin cambios, comenzando con un 19% para los primeros 6.000 euros.
- La importancia de contar con asesoramiento jurídico
Ante la complejidad del sistema tributario y las frecuentes modificaciones normativas, contar con asesoramiento especializado resulta fundamental para realizar la declaración correctamente y aprovechar todas las deducciones y beneficios fiscales disponibles.
En Lafuente Abogados ofrecemos asesoramiento y gestión integral de la declaración de la renta, ayudando a particulares y profesionales a cumplir con sus obligaciones fiscales con seguridad y optimizando su situación tributaria.