PROCEDIMIENTO CIVIL DE DIVORCIO: PENSIÓN COMPENSATORIA

[vc_row force_equal_height_columns=”no” parallax=”” parallax_image=”” el_id=””][vc_column][ultimate_spacer height=”25″ height_on_tabs=”25″ height_on_mob=”25″][vc_column_text]En una demanda de divorcio, ¿procede siempre conceder una pensión compensatoria?


Breve explicación del caso y resolución.

[/vc_column_text][ultimate_spacer height=”6″ height_on_tabs=”6″ height_on_mob=”6″][vc_column_text]Sentencia num. 00489/2014 de 19 septiembre

  • Una esposa interpone una demanda de separación conyugal de su marido e interesa el establecimiento de una pensión compensatoria de 600 €.
  • En Lafuente Abogados contestamos a la demanda, en representación del marido, solicitando la disolución del matrimonio por divorcio y, además, se opone al pedimento de su esposa sobre la pensión compensatoria.
  • Desde el punto de vista jurídico la pensión compensatoria regulada en los artículos 97, 99 y 101 del Código Civil se caracteriza por constituir una prestación que:
  • Tiende a evitar que la separación o divorcio supongan para uno de los cónyuges un descenso en el nivel de vida gozado durante el matrimonio. Además, dicho descenso debe producirse como consecuencia de la ruptura conyugal.
  • En el caso analizado, el juez consideró que no se apreciaba la existencia del desequilibrio invocado por la esposa.
  • Desde Lafuente Abogados obtuvimos sentencia favorable mediante la que se desestimaba íntegramente la demanda de separación matrimonial y la pretensión relativa a la pensión compensatoria, estimando las pretensiones de nuestro cliente: acordándose la disolución del matrimonio por divorcio.

[/vc_column_text][ultimate_spacer height=”25″ height_on_tabs=”25″ height_on_mob=”25″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.

Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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