PROCEDIMIENTO CIVIL DE DIVORCIO: PENSIÓN COMPENSATORIA

[vc_row force_equal_height_columns=»no» parallax=»» parallax_image=»» el_id=»»][vc_column][ultimate_spacer height=»25″ height_on_tabs=»25″ height_on_mob=»25″][vc_column_text]En una demanda de divorcio, ¿procede siempre conceder una pensión compensatoria?


Breve explicación del caso y resolución.

[/vc_column_text][ultimate_spacer height=»6″ height_on_tabs=»6″ height_on_mob=»6″][vc_column_text]Sentencia num. 00489/2014 de 19 septiembre

  • Una esposa interpone una demanda de separación conyugal de su marido e interesa el establecimiento de una pensión compensatoria de 600 €.
  • En Lafuente Abogados contestamos a la demanda, en representación del marido, solicitando la disolución del matrimonio por divorcio y, además, se opone al pedimento de su esposa sobre la pensión compensatoria.
  • Desde el punto de vista jurídico la pensión compensatoria regulada en los artículos 97, 99 y 101 del Código Civil se caracteriza por constituir una prestación que:
  • Tiende a evitar que la separación o divorcio supongan para uno de los cónyuges un descenso en el nivel de vida gozado durante el matrimonio. Además, dicho descenso debe producirse como consecuencia de la ruptura conyugal.
  • En el caso analizado, el juez consideró que no se apreciaba la existencia del desequilibrio invocado por la esposa.
  • Desde Lafuente Abogados obtuvimos sentencia favorable mediante la que se desestimaba íntegramente la demanda de separación matrimonial y la pretensión relativa a la pensión compensatoria, estimando las pretensiones de nuestro cliente: acordándose la disolución del matrimonio por divorcio.

[/vc_column_text][ultimate_spacer height=»25″ height_on_tabs=»25″ height_on_mob=»25″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]*Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.

Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=»off» dfd_row_config=»full_width_content» el_class=»casosExito» css=».vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}»][vc_column column_bg_check=»column-background-dark» css=».vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}»][ultimate_heading main_heading=»Contacto rápido» heading_tag=»h4″ alignment=»left»][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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