LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

[vc_row][vc_column][vc_column_text]LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

  • ¿Qué es la prisión permanente revisable?

 La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad existente en el Código Penal español. Se trata de una pena de cárcel por tiempo indefinido pero sujeta a revisiones que podrían poner al reo en libertad. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados en 2015.

El objetivo de esta pena es evitar la puesta en libertad de los delicuentes que no hayan demostrado capacidad de reinserción en la sociedad.

Hasta la entrada en vigor de esta pena, el Codigo Penal establecía un máximo de 40 años de cárcel, en función de la gravedad del delito.

  • ¿Cada cuánto se puede revisar?

Cuando el reo haya cumplido una parte de la condena, siempre y cuando la pena oscile entre 25 y 35 años, el Tribunal deberá revisar de oficio la pena cada dos años.

La prisión permanente revisable es aplicada en todos los países de la Unión Europea, menos Croacia y Portugal.

“Se trata de una pena de cárcel por tiempo indefinido pero sujeta a revisiones que podrían poner al reo en libertad”

  • ¿Para qué delitos se aplica?

La prisión permanente revisable únicamente podrá aplicarse por asesinatos en los que concurra alguna de estas circunstancias agravantes.

  • Cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable.
  • Cuando el asesinato sea posterior a un delito contra la libertad sexual.
  • Si se producen asesinatos múltiples.
  • Si se han sido cometidos por miembros de una organización criminal.
  • Delitos contra la Corona (por ejemplo, matar al rey).
  • Delitos de genocidio o de lesa humanidad (una variante del genocidio).
  • Obstrucción de la recuperación de un cadáver.

Recientemente, el Gobierno ha añadido otros supuestos de prisión permanente tras hallarse el cadáver de Diana Quer. Éstas son las circunstancias añadidas:

  • Asesinato después de secuestro.
  • Violaciones en serie.
  • Violaciones a menores tras privarles de libertad o torturarles.
  • Muertes provocadas en incendios, estragos causados en infraestructuras críticas y liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.

Desde su aprobación, sólo se ha condenado a David Oubel, el “parricida de Moraña”, que en julio de 2017 asesinó a sus hijas de cuatro y nueve años.

Sin embargo, varias son ya las personas que han ingresado en prisión y que podrían ser condenadas a esta pena de prisión permanente revisable: El Chicle, autor del cirmen de Diana Quer, o Ana Julia Quezada, detenida por el asesinato de Gabriel Cruz.

“El Gobierno añadió nuevos supuestos de prisión permanente tras hallarse el cadáver de Diana Quer”.

  • ¿Debería derogarse esta ley?

El PNV busca reformar el Código Penal con el objetivo de derogar la pena de prisión permanente, pues sostiene que en España ya existe un Código Penal suficientemente duro.

Ante ello, el PP pretende unir sus votos a los de Ciudadanos para frenar esta medida. No obstante, ello no será posible sin la abstención del PSOE, pues ambos no suman apoyo suficiente en el Congreso.

En cuanto a la opinión popular, varias familias afectadas por los trágicos asesinatos ocurridos en los últimos años, han reunido más de dos millones de firmas para evitar que se suprima esta pena del Código Penal.

 

 

 

 

 

 

 

 

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