Nueva Ley de Autónomos

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados ha aprobado, por unanimidad, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Con estas medidas, se pretende que beneficiar al colectivo de trabajadores autónomos.

A continuación, pasamos a comentar las medidas más relevantes;

  • Los profesionales autónomos podrán cambiar de base de cotización hasta en cuatro ocasiones a lo largo del año, adecuándose a sus ingresos e intereses.
  • Los autónomos que se rijan por el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), se podrán dar de alta y de baja en la Seguridad Social hasta tres veces al año. De esta manera, se pagará por días y no por meses completos, , para así pagar solo en las épocas en las que tengan actividad.
  • Se amplía, de seis meses a un año, la tarifa plana de 50 € en la cotización a la Seguridad Social. Además, esta misma cuota se aplicará a las mujeres que se reincorporen al trabajo tras la baja por maternidad, y a los emprendedores que hubieran dejado su actividad durante dos años, y vuelvan a trabajar como autónomos.
  • Se aprueba la exención total de la cuota de autónomo, durante un año, a aquellos que tuvieran a su cargo el cuidado de menores o dependientes.
  • Los trabajadores autónomos se podrán desgravar el 30% de los gastos de suministro, como luz, agua, electricidad, telefonía… siempre que el trabajo se lleve a cabo desde casa.
  • La cuota de los autónomos societarios se desvincula de las subidas del salario mínimo interprofesional (SMI) quedando así determinada anualmente en base a los Presupuestos Generales del Estado.
  • Se permite que los trabajadores autónomos puedan contratar a los hijos que estén en situación de discapacidad.
  • Se incorpora el accidente ‘in itinere’, es decir, aquel que ocurre durante el desplazamiento de los trabajadores a su puesto de trabajo.
  • Se podrá compatibilizar el cobro del 100% de la pensión,con el trabajo por cuenta propia del profesional autónomo.
  • Se han establecido deducciones por la manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 26,67 € diarios (48,08 € en el extranjero), siempre que puedan comprobarse a través de medios telemáticos.
  • Se reducen losrecargos  por el retraso en el pago de la cuota: durante el primer mes, la penalización pasa del 20% al 10%.
  • La Seguridad Social devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en situación del pluriactividad.

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Nuestros Abogados responderán con urgencia y contundencia en defensa de sus derechos, primero intentando una solución extrajudicial al conflicto y si ello no es posible, ejercitando las acciones judiciales necesarias para proteger sus intereses.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row force_equal_height_columns=”off” dfd_row_config=”full_width_content” el_class=”casosExito” css=”.vc_custom_1493290612491{padding-top: 18px !important;padding-right: 25px !important;padding-bottom: 18px !important;padding-left: 25px !important;background-color: #444444 !important;}”][vc_column column_bg_check=”column-background-dark” css=”.vc_custom_1491377752114{border-top-width: 6px !important;border-right-width: 6px !important;border-bottom-width: 6px !important;border-left-width: 6px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 0px !important;padding-bottom: 0px !important;padding-left: 0px !important;border-left-color: #bca480 !important;border-right-color: #bca480 !important;border-top-color: #bca480 !important;border-bottom-color: #bca480 !important;}”][ultimate_heading main_heading=”Contacto rápido” heading_tag=”h4″ alignment=”left”][/ultimate_heading][vc_column_text]Ante cualquier duda no dude en contactarnos. Pida una cita en Lafuente Abogados llamando al 971 72 10 13/ 971 72 39 82 o rellene el formulario de contacto para ser atendido y asesorado personalmente en nuestro Despacho.
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